Nuevo estatuto de rentas aprobado por el concejo trae grandes beneficios para los villavicenses

 


El Concejo de Villavicencio aprobó el nuevo Estatuto de Rentas para la ciudad, que trae importantes beneficios e incentivos para los villavicenses, expresó el director de Impuestos, César Charry, que enumeró los más importantes.

 Declaraciones y pagos ciento por ciento virtuales, sin necesidad de acudir a las instalaciones de la Oficina de Impuestos.

 Se elimina la responsabilidad de retener a las personas naturales responsables de IVA.

 Predios de madres o padres comunitarios y de juntas de acción comunal quedarán exentos del pago del impuesto predial.

 Profesionales liberales -aquellas actividades en las cuales predomina el ejercicio del intelecto-, con tope no superior a los 45 millones de pesos anuales de ingresos, no pagarán impuesto de Industria y Comercio, ni tendrán la obligación de declarar.

 Pequeños comerciantes con ingresos anuales menores a 50 millones de pesos podrán optar por tarifa fija en Industria y Comercio y no presentarán declaraciones.

 Se reducen tarifas en impuesto de Industria y Comercio a actividades golpeadas por la pandemia (bares, restaurantes, hoteles, heladerías, agencias de viaje, turismo, entre otras).

 Descuento del ciento por ciento en primeros años en impuesto de Industria y Comercio a nuevas empresas que se establezcan en la ciudad con inversiones superiores a 500 UVT (Unidad de Valor Tributario) y generen empleo.

 Incentivo y descuento a empresas que contraten personal juvenil, personas en condición de discapacidad y adultos de más de 50 años de edad.

 Incremento en tarifa de impuesto de Industria y Comercio a empresas que generaron más ingresos y mayor impacto ambiental durante la pandemia (sector financiero, extracción de petróleo, gas y comercializadores de combustible, entre otras).

 Reducción de tarifa en impuestos de delineación urbana para incentivar la construcción de vivienda en estratos 1, 2 y 3 (vivienda de interés social), la generación de empleo y por ende aumentar la base catastral.

 Reducción en tarifas y ampliación de rangos en impuesto predial a predios en el sector rural y disminución en tarifas a predios que fueron susceptibles de actualización catastral en los años 2020 y 2021.

 En predios de estrato 1 y 2 se establece un límite en el incremento del impuesto predial, el cuál será máximo el índice de precios al consumidor con el fin de no afectar sus finanzas.

 Quedan excluidas de estampilla las juntas de acción comunal, las ligas deportivas y el Cuerpo de Bomberos, entre otros.

 Se reduce la tarifa en Impuesto Predial para los predios clasificados como comerciales, pasando de la tarifa 6,5 x 1.000 hasta tarifas del 3,5 x 1.000.

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