Definido procedimiento para declaratoria de emergencia educativa en la Universidad de los Llanos

 


Mediante Resolución número 167 de 2022, la Rectoría de la Universidad de los Llanos definió el procedimiento, para declarar la emergencia educativa en los casos que se requiera la adquisición de bienes y servicios, bajo la modalidad de contratación directa, durante el periodo de restricciones dispuesto por el artículo 33 de la Ley 996 de 2005.

De acuerdo con el Artículo Segundo de la Resolución en mención, “Cuando de las necesidades del servicio se avizore la configuración de los presupuestos de una posible emergencia educativa, se deberá proceder así”: El respectivo vicerrector, decanos, secretario general, director del instituto, jefes de oficinas asesoras, jefes de división, coordinadores de convenios e investigadores de proyectos, deberán presentar a la Rectoría un escrito expresando identificación clara e inequívoca del hecho que constituye la emergencia educativa, identificación clara e inequívoca del componente que afecta el hecho o circunstancia en cuanto a la docencia, investigación o proyección social. 

Además, identificación de los bienes y servicios requeridos, la forma adecuada de superarla, solicitud de aceptación de ‘Situación extraordinaria’ y los contratos que deban celebrarse para atender la emergencia.

También se establece la creación del Comité Asesor de Emergencia Educativa, el cual deberá estar conformado por el vicerrector de Recursos, el vicerrector Académico, el secretario General, el jefe de la Oficina de Planeación y el jefe de la División Financiera.   Para conocer la Resolución en pleno y todos los detalles sobre este tema, visite www.unillanos.edu.co.

 

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