Presidente Iván Duque sancionó la Ley de ‘borrón y cuenta nueva’

 


El Presidente de la República, Iván Duque Márquez, sancionó la Ley de ‘borrón y cuenta nueva’ que beneficiará a los colombianos que se encuentran reportados en las centrales de riesgo y podrán tener una calificación positiva para acceder a créditos.

 

La iniciativa cumplió todo su trámite y fue aprobada por el Legislativo el pasado 11 de julio de 2020.




Luego del visto bueno del Congreso, pasó a manos de la Corte Constitucional para la revisión de su exequibilidad, en la medida en que esta norma es una reforma a la Ley Estatutaria de Habeas Data 1266 de 2008, que requiere del control del Alto Tribunal para determinar si se ajusta o no a la Carta Magna.

 

El pasado 25 de agosto de 2021, la Corte Constitucional declaró la exequibilidad del proyecto aprobado por el Congreso de la República y pasó a manos del Presidente para su sanción.

 

Con la firma y publicación, la Ley entra en vigencia para su aplicación inmediata.

 

Los beneficios y alcances de la Ley

 

Con la entrada en vigencia de la Ley de ‘borrón y cuenta nueva’, se beneficiarán no menos de 10 millones de colombianos, quienes pueden acceder a una amnistía en las centrales de riesgo, las cuales borrarán historiales negativos y restablecen la calificación positiva para que estas personas puedan acceder a créditos de vivienda, educación o compras.

 

En este sentido, se establece que la amnistía será por única vez para quienes se pongan al día en los 12 primeros meses de vigencia de la Ley o ya lo hayan hecho con anterioridad. Saldrán de las Centrales de Riesgo en máximo seis meses.

 

Adicionalmente, establece que estudiantes con créditos educativos del Icetex, pequeños productores, jóvenes rurales, mujeres rurales y víctimas de la violencia que extingan su deuda saldrán inmediatamente del reporte negativo.

 

Las personas que tengan deudas inferiores al 15% del salario mínimo (menos de $136.279) recibirán dos comunicaciones antes de ser reportadas negativamente (con 20 días de diferencia entre una y otra comunicación).

 

La calificación crediticia deberá normalizarse de inmediato cuando se elimine el reporte negativo.

 

La consulta de información crediticia siempre será gratuita en todo tiempo y en todos los canales y no disminuirá la calificación.

 

Se prohíbe la consulta a las Centrales de Riesgo para otorgar un empleo. (Excepto para empleados del sector financiero)

 

Se protege a las víctimas de suplantación personal. Con la sola comunicación y acompañando como mínimo de la copia de la denuncia penal del fraude a la entidad financiera se eliminará el reporte negativo, dejando una leyenda que indique: "víctima de falsedad personal".

 

El tiempo del reporte negativo en las Centrales de Riesgo será del doble del tiempo de la mora y hasta máximo cuatro años. (Sigue como está en la Ley actual de Habeas Data)

 

Se ordena a las centrales de riesgo crear una aplicación digital y gratuita de acceso público a todos los titulares de datos, donde se generen alertas al momento de adquirir nuevas obligaciones, esto para mitigar el riesgo de suplantaciones. (La información debe actualizarse máximo 5 días después de adquirida la obligación)

 

En el mercado crediticio seguirá existiendo suficiente información que permita tomar decisiones a los establecimientos de crédito.

 

El historial crediticio de las personas naturales y jurídicas se mantiene, tanto para las personas con buenos hábitos de pago como para las personas con malos hábitos de pago.

 

Para otorgar un producto o un crédito las entidades del sistema financiero no podrán usar exclusivamente el historial crediticio, deberán considerar otros factores en el estudio de riesgo. Además, se les exige indicar por escrito los motivos del rechazo de una solicitud.

 

Serán eliminados los reportes negativos causados entre el inicio de la emergencia sanitaria causada por el Covid-19 y el 31 de diciembre de 2020, siempre que los titulares de la obligación hayan intentado una reestructuración de la obligación. (De continuar la mora, posteriormente al 31 de diciembre de 2020, sí se reanudará el reporte).

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